Artículo 3.- Son sujetos de revisión y de fiscalización superior los Poderes del Estado Legislativo, Judicial y Ejecutivo; los organismos descentralizados de la administración pública estatal, las empresas de participación estatal mayoritaria; los fideicomisos públicos estatales, los órganos públicos autónomos, los Municipios, los organismos descentralizados de la administración pública municipal, así como las demás entidades fiscalizables.
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Quintana RooLey General de Responsabilidades Administrativas. (Título Tercero)
La ASEQROO podrá imponer multas conforme al Art. 12. Fracciones I,II,III, IV,V,VI y VII LFRCQROO.